Derecho de petición
BetaDerecho de petición
Es la solicitud que cualquier persona puede dirigir a una autoridad, y en los casos previstos por la ley a un particular, para obtener información, copias, una decisión o la solución de un reclamo. Debe responderse dentro de los términos legales aplicables al tipo de solicitud.
Actualizado el 2026-08-01 · Versión del documento 1.0
Cuándo puede utilizarse
- Cuando necesita información o copias en poder de una entidad.
- Cuando requiere que una autoridad resuelva un trámite o una solicitud.
- Cuando desea presentar un reclamo formal y dejar constancia escrita.
- Cuando quiere ejercer derechos sobre sus datos personales.
Cuándo puede no ser adecuado
- Cuando el asunto ya está en trámite judicial y requiere una actuación procesal específica.
- Cuando existe un recurso o procedimiento propio que debe usarse dentro de un plazo determinado.
- Cuando lo que busca es una indemnización que exige un proceso ante un juez.
- Cuando la solicitud requiere asesoría particular por su complejidad probatoria.
Información que debe reunir
- Nombre completo y número de documento de identidad.
- Dirección física o electrónica para recibir la respuesta.
- Entidad o persona destinataria y, si la conoce, la dependencia.
- Hechos relevantes en orden cronológico.
- Petición concreta, clara y verificable.
- Relación de anexos.
Documentos o pruebas recomendadas
- Comunicaciones previas con la entidad.
- Facturas, contratos o recibos relacionados.
- Constancias de radicación anteriores.
- Capturas de pantalla o correos electrónicos pertinentes.
Errores frecuentes
- Mezclar hechos y peticiones en un solo bloque de texto.
- No indicar una dirección válida de notificación.
- Formular peticiones vagas o imposibles de cumplir.
- Dirigir la petición a una entidad que no es competente.
- No conservar la constancia de radicación.
- Incluir información sensible que no es necesaria para la solicitud.
Instrucciones generales de radicación
- Identifique el canal oficial de la entidad: ventanilla física, correo electrónico institucional o formulario web.
- Envíe el documento firmado con sus anexos.
- Solicite y conserve el número de radicado o el acuse de recibo.
- Registre la fecha de presentación para poder contar los términos.
- Si no recibe respuesta dentro del término aplicable, evalúe los mecanismos disponibles.
Fuentes normativas oficiales
- Constitución Política de Colombia — derecho de petición.Consulte el texto oficial en la fuente estatal correspondiente.
- Normativa de procedimiento administrativo aplicable a las peticiones.Verifique la versión vigente en el sistema oficial de información normativa.
No se reproducen textos normativos en este sitio. Verifique siempre la versión vigente en las fuentes oficiales del Estado.
Aviso jurídico
Flujo guiado de preguntas
Responda las preguntas para organizar la información de su petición y obtener una vista previa que podrá copiar en la plantilla. Toda la información permanece en su navegador: no se envía, no se procesa con inteligencia artificial y no se almacena.
- 1. Sus datos
- 2. Destinatario
- 3. Hechos
- 4. Petición
- 5. Vista previa
Sus datos de identificación
No incluya datos de salud, información financiera ni datos de terceros.